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Financial Services

Requisitos de contratación

Personas morales


Los documentos enlistados a continuación deben ser presentados para realizar su análisis de crédito

1. Solicitud de Crédito:

a. Solicitud de crédito completa incluyendo todos los campos de "Conoce a tu cliente" de manera digital;  debidamente firmada, sin tachaduras ni enmendaduras. 

b. El Código Postal es importante y debe coincidir con el comprobante de domicilio.

c. El nombre de la empresa debe venir completo (sin abreviaturas) y las firmas en todos los rubros que se soliciten.

2. Cotización:

a. Cotización firmada del vehículo a financiar incluyendo accesorios y equipo especial (FSO).

3. RFC y/o Constancia de Situación Fiscal:

a. RFC: Inscripción del RFC.

b. Constancia de Situación Fiscal.

Nota: La antigüedad de la constancia no debe ser superior a 90 días.

4. Identificación Oficial:

Identificación oficial vigente del Representante Legal y Obligado Solidario (Aval).

a. Nacionales: Credencial de Elector (INE) y/o Pasaporte Vigente.

b. Extranjeros: Pasaporte con vigencia al menos de tres meses + Permiso de Residencia Permanente (FM3) o temporal con permiso para trabajar (FM2) vigente al momento de realizar la solicitud. En caso de no estar vigente, constancia de trámite. 

5. Comprobante de Domicilio:

a. Recibos de servicio de telefonía fija y servicios de cable en combo: Internet, Cable y Telefonía  (coincidir con el domicilio de la solicitud). 

ó

b. Recibo de Luz, Agua, Predial.

Nota: El aval siempre debe contar con comprobante de telefonía local fija.

Nota: La antigüedad de los comprobantes no debe de ser superior a 60 días a la fecha de facturación del mismo.

Siempre debe venir con el código de barras.

6. Acta Constitutiva:

Acta Constitutiva, Poderes del Representante Legal y últimas actas protocolizadas; con datos de inscripción en el RPPyC.

Contratos de Arrendamiento:

a. Poder General para Actos de Administración.

b. Poder Cambiario (Poder para títulos y operaciones de crédito) de conformidad con el artículo 9 de la Ley General  de Títulos y Operaciones de Crédito (debido a la suscripción de pagarés). 

Contratos de Crédito:

a. Poder General para Actos de Dominio (debido a la celebración del contrato de prenda sin transmisión de posesión).

b. Poder Cambiario (Poder para títulos y operaciones de crédito) de conformidad con el artículo 9 de la Ley General  de Títulos y Operaciones de Crédito (debido a la suscripción de pagarés). 

7. Estados Financieros y Declaración Anual:

Estados Financieros Internos acumulados del año en curso, con una antigüedad igual o menor a dos meses (a partir de  la fecha de entrega del expediente) y firmados por el Representante Legal y el Contador responsable de los mismos. 

Última Declaración Anual presentada en formato PDF con validez oficial con sello de agua del Escudo Nacional.

Nota: Para las empresas del régimen simplificado (coordinados, autotransportes y actividades agrícolas), deberán  presentar adicionalmente el Estado de Resultados Interno del ejercicio inmediato anterior y reciente. 

Para aquellas personas morales que hayan optado por dictaminarse deberán presentar el Dictamen Fiscal del ejercicio anterior. 

Nota: Si la apertura del contrato es de Enero a Julio presentar Dictamen Fiscal del ejercicio antepasado, si la apertura es  de Agosto a Diciembre presentar dictamen del ejercicio inmediato anterior. 

Para aquellas personas morales sujetas a presentar la Declaración Sobre la Situación Fiscal (DISIF), deberán presentar  el ejercicio inmediato anterior del mismo. 

Nota: El plazo límite para el DISIF es el 30 de Junio y se deberá presentar la información del ejercicio inmediato anterior.

8. Estados de Cuenta:

Estados de Cuenta Bancarios (completos, de los últimos 3 meses consecutivos de la misma entidad financiera,  con Cuenta CLABE y domiciliados). 

Nota: Se podrán enviar los Estados de Cuenta descargados de internet, mientras NO sea el resumen de movimientos.

9. Obligado Solidario (Aval):

Toda Persona Moral deberá contar con un Obligado Solidario:

- Persona Física: deberá ser accionista de la compañía solicitante o que de acuerdo a los poderes vigentes de  la sociedad, éste cuente con todos y cada uno de los siguientes poderes: 

- Poder General para Actos de Administración.

- Poder para Títulos y Operaciones de Crédito de conformidad con el artículo 9 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. 

- Poder General para Actos de Dominio.

Nota: Se deberá enviar las actas que sustenten los poderes descritos anteriormente debidamente inscritas en el RPPyC.